CUANTO COBRA EL MEDIADOR CONCURSAL? Y EL ADMINISTRADOR CONCURSAL?

Cuando se solicita el nombramiento de un mediador concursal para que intente un acuerdo extrajudicial de pagos podemos saber previamente lo que va a cobrar.

Tambien sabemos que si no se alcanza el acuerdo extrajudicial de pagos, se va a solicitar el concurso consecutivo y el mediador concursal designado pasa a ser el administrador concursal.

Para calcular los honorarios que va a cobrar el mediador concursal hemos de partir del valor del activo y del pasivo del solicitante del BEPI. Sobre dichos valores se aplica la siguiente tabla:

  1. a) Porcentajes aplicables sobre el activo
Activo (hasta euros) Importe retribución Resto de activo

(hasta euros)

Porcentaje aplicable

al resto de activo

0 0 500.000 0,600
500.000 3.000 500.000 0,500
1.000.000 5.500 9.000.000 0,400
10.000.000 41.500 40.000.000 0,300
50.000.000 161.500 50.000.000 0,200
100.000.000 261.500 400.000.000 0,100
500.000.000 661.500 500.000.000 0,050
1.000.000.000 911.500 En adelante 0,025
  1. b) Porcentajes aplicables sobre el pasivo
Pasivo (hasta euros) Importe retribución Resto de activo

(hasta euros)

Porcentaje aplicable

al resto de activo

0 0 500.000 0,300
500.000 1.500 500.000 0,200
1.000.000 2.500 9.000.000 0,100
10.000.000 11.500 40.000.000 0,050
50.000.000 31.500 50.000.000 0,025
100.000.000 44.000 400.000.000 0,012
500.000.000 92.000 500.000.000 0,006
1.000.000.000 122.000 En adelante 0,003

 

Al resultado que aplicando estas tablas se obtenga, se aplicarán los siguientes descuentos:

  • Si la persona que solicita la el nombramiento del mediador esun trabajador asalariado no empresario SE APLICARA UNA DESCUENTO DEL 70%..
  • Si la  persona solicitante del nombramiento del mediador concursal es un empresario individual o profesional SE APLICARA UN DESCUENTO DEL 50%.

Y en el hipotético y muy difícil caso de que el mediador lograse que se firmase el Acuerdo Extrajudicial de Pagos, tendría derecho a un incremento sobre sus honorarios iniciales aplicando un 0,25% al valor de su activo.

 Caso practico

Si el valor del activo del deudor es o de 40.000€ y su pasivo de 130.000€, los porcentajes que se deberían aplicar según la tabla serían el 0.6% y el 0.3% respectivamente.

Es decir,  240€ del activo y 390€ del pasivo. Esto hace un total de 630€.

A esta cantidad hay que aplicarle los descuentos arriba señalados SEGUN SI EL DEUDOR ES EMPRESARIO INDIVIDUAL O NO LO ES:

  • SIi el deudor solicitante del nombramiento del mediador ES UNA PERSONA FISICA NO EMPRESARIO a esos honorarios de 630 € se le debe aplicar un descuento del 70 %,  es decir que el mediadior concursal  cobraría la cantidad de 630 x 30% = 189 € y otro tanto por el concurso consecutivo.
  • Si el deudor solicitante del nombramiento del mediador ES UNA PERSONA FISICA EMPRESARIO INDIVIDUAL, a esos honorarios de 630 € se le debe aplicar un descuento del 50%, es decir que el mediador concursal cobraría la cantidad de 630 x 50%= 315 € y otro tanto por el concurso consecutivo

A la vista de la deuda que se puede exonerar, el pago de estas cantidades nos parecen muy asumibles por cualquier deudor.